Terminología de tratamiento en Medio Libre
• Atención individual especifica. Se realiza una intervención individualizada, especial y enfocada en las condiciones particulares, necesidades y preferencias del individuo y su familia, para lograr la mejora de la problemática especifica presentada. Ej.: Consejería social, orientación social, legal o laboral, terapia individualizada o terapia familiar, etc. Consejería social. Orientar, asesorar y brindar información con la finalidad de promover la calidad de vida de individuos. Facilita el conocimiento necesario y el entendimiento de la situación existente a favor de un despliegue de recursos y alternativas nuevas que modifiquen y favorezcan un cambio satisfactorio del aconsejado/a.
• EPP. Expediente Personal Penitenciario, es la fuente de información de la población penitenciaria extramuros el cual contiene toda la documentación relacionada con él y se encuentran en custodia del Gestor de Base de Datos del Establecimiento de Medio Libre – EML o el que haga sus veces.
• Equipo Técnico Evaluador. Está integrado por profesionales (mínimo por 02 servidores): psicólogo, trabajadora social u otros profesionales que sean necesarios: abogado, especialista en reinserción laboral, docente, etc. Como caso excepcional se procede al pedido de ayuda de otros profesionales itinerantes o apoyo de otras EML o entidades públicas.
• Establecimientos de medio libre-EML. Es la instalación administrada por el INPE, destinada a la atención de la población penitenciaria que requieren seguimiento, asistencia, tratamiento y control por gozar de beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional, asi como los sentenciados que cumplen medidas alternativas a la pena privativa de libertad y penas limitativas de derechos.
• Ficha de Evaluación inicial de Liberado. P-M2.01.01 procedimiento aprobado con Resolución Directoral N° 001-2020 -INPE-15, que tiene como objetivo determinar las actividades y tareas a fin de evaluar y clasificar por primera vez al liberado para establecer el tipo de intervención o tratamiento que recibirá en los establecimientos de medio libre.
Ficha de Evaluación inicial de Sentenciado a prestación de servicios comunitarios -PSC. P-M2.01.02 procedimiento aprobado con Resolución Directoral N° 001-2020 -INPE- 15, que tiene como objetivo determinar las actividades y tareas a fin de identificar y registrar la información del sentenciado apersonado para ubicarlos en la unidad beneficiaria para el cumplimiento de la sentencia de prestación de servicios comunitarios y elaborar el plan de actividades en caso se disponga brindar tratamiento.
• Ficha de Evaluación inicial de Sentenciado a penas medidas alternativas. P- M2.01.03 procedimiento aprobado con Resolución Directoral N° 001-2020 -INPE-15, que tiene como objetivo determinar las actividades y tareas para evaluar al sentenciado a penas o medidas alternativas para establecer el tipo de intervención que recibirá en los establecimientos de medio libre en concordancia con lo dispuesto por la autoridad jurisdiccional.
• Instituciones externas o redes de apoyo. Esta red la componen tanto organismos públicos como privados. Especificamente, la representan instituciones públicas creadas para atender necesidades de vulnerabilidad física, económica y/o psicológica.
•Orientación laboral. Se realiza al guiar, asesorar, informar y acompañar a aquellas personas que necesitan insertarse o reinsertarse en el mercado laboral. Orientación legal. La cual es brindada por abogados a personas que necesitan llevar a cabo un juicio a un tercero o que requieren defenderse ante una denuncia hecha en su contra. Brindar asesoramiento juridico en la defensa de los derechos de las personas, a cargo de abogados.
• Orientación social. Soporte dado a las personas a través de información o apoyo para análisis de su problemática y acción autónoma frente a las situaciones que debe enfrentar. Implica acompañamiento a su reflexión con aporte de ideas no directivas. •Población Penitenciaria-POPE. Está compuesta por las personas procesadas con medidas de detención o prisión preventiva y personas sentenciadas a pena privativa de libertad que se encuentran en los establecimientos penitenciarios o transitorios, asimismo, personas liberadas con beneficio penitenciario de semilibertad o liberación condicional y personas sentenciadas a pena limitativa de derechos, y otras penas alternativas que son atendidas en los establecimientos de medio libre.
•POPE atendidas. Población penitenciaria extramuros que tuvo intervención individual. POPE derivado. Población que fue derivada por el profesional de tratamiento para la intervención individual.
• POPE-EML. La población penitenciaria extramuros está conformada por liberados que egresa del penal con beneficio penitenciario de semilibertad o liberación condicional, y por sentenciados que fueron condenados por un delito o falta, referido a Limitación de días libre, Reserva de Fallo Condenatorio, Suspensión de Ejecución de la Pena y otros. • Profesionales externos. Profesionales que no son parte de la Dirección de Medio Libre, quienes ofrecen sus servicios en instituciones externas.
•Terapia familiar. Psicoterapia que trabaja con la familia: madre, padre e hijos o bien solamente con las parejas para promover el buen desarrollo de estas, la intensificación de las relaciones entre los integrantes o subsanar algunos conflictos y diferencias que hayan surgido producto de la convivencia.
•Terapia individual. Tratamiento a través de métodos psicológicos de problemas de naturaleza emocional, en donde una persona (el paciente) establece deliberadamente una «relación profesional» con otra persona (el terapeuta) que le ayudará a remover y modificar sintomas de malestar ya existentes, prevenir algunos otros, mediatizar comportamientos y promover el crecimiento.