En cada establecimiento penitenciario se publica los días de visita, por lo que se recomienda primeramente visitar el penal para sacar información de los días donde los familiares pueden realizar la visita.

La duración de la visita tendrá una duración máxima de 90 minutos, distribuidos: 15 minutos para ingreso, 60 la visita y 15 la salida.

En cada fecha de visita, se admitirá como máxima un visitante por cada persona privada de su libertad, salvo este ingrese con un menor de edad autorizado, donde se admitirá a máximo dos personas, (incluye al menor de edad), el día señalado de visita a menores de edad. 

Las mujeres embarazadas, las madres con niños menores de tres años, las personas adultas mayores de sesenta años y las personas con discapacidad que venga de visita, deberán ser atendidas preferentemente. En tal situación, tendrán prioridad en el ingreso y egreso a todo establecimiento penitenciario.

Cuando el interno tenga a su cónyuge o conviviente, padre, madre, hermanos o hijos recluidos en el establecimiento penitenciario, la administración penitenciaria, autorizará la visita familiar periódica según lo estipulado en el Código y Reglamento de Ejecución Penal.