¿Qué es la evaluación inicial en medio libre del INPE?

Según se desprende del Decreto Legislativo 1191, el proceso de evaluación inicial es crucial para ubicar a un condenado en la unidad beneficiaria que corresponda. Teniendo en cuenta las aptitudes, ocupación u oficio, edad, estado civil y otros criterios válidos que permitan la ubicación del sentenciado en una determinada unidad beneficiaria, se realizará una evaluación por un psicólogo y una trabajadora social. Una vez culminada la evaluación, se procederá a ubicar al condenado en la unidad beneficiaria adecuada, sea para pena de prestación de servicios a la comunidad o de limitación de días libres. Es importante, además, comunicar a la unidad beneficiaria correspondiente que el condenado ha sido asignado a dicha unidad para cumplir con su pena. Asimismo, se emitirá un informe y plan de actividades del sentenciado que deberá remitirse a la unidad beneficiaria, al fiscal y a la autoridad judicial competente, para asegurar un seguimiento riguroso del cumplimiento de la pena impuesta y, en su caso, una evaluación posterior de su efectividad.





Puntos Criterio Razones
Evaluación inicial del condenado Se debe realizar una evaluación inicial al condenado. La evaluación inicial del condenado es necesaria para determinar su condena.
Evaluación por psicólogo y TS La evaluación debe ser realizada por un psicólogo y una TS. La evaluación realizada por expertos permitirá una evaluación adecuada.
Criterios de evaluación Se deben utilizar criterios válidos para la evaluación. Los criterios permitirán ubicar al sentenciado en una unidad beneficiaria.
Ubicación en una unidad beneficiaria Es importante ubicar al sentenciado en una unidad beneficiaria. La ubicación en una unidad beneficiaria permitirá el cumplimiento efectivo de la condena.
Comunicación a la unidad beneficiaria. Es necesario comunicar la asignación del condenado. La comunicación permitirá una adecuada preparación para la llegada del condenado.
Remitir el Plan individual de evaluación al fiscal y a la autoridad judicial competente. Permite que las autoridades competentes tomen conocimiento de la ubicación y las actividades asignadas a realizar. Las autoridades judiciales realizan el seguimiento a la ejecución de la pena, por lo que tener conocimiento de los datos de la ubicación y actividades asignadas, permitirá verificar el cumplimiento.

La problemática de la evaluación inicial en Medio Libre del INPE

Ajustando la figura, se podría decir que la evaluación inicial es un equivalente a la clasificación que se realiza en los establecimientos penitenciarios, pero en Medio Libre se orienta a ubicar en una institución para que realice sus jornadas y participe en algún programa de intervención si fuera el caso. La principal problemática que se identifica a partir de las estadísticas:

  1. El incremento significativo de la población sentenciada a prestación de servicios comunitarios, que a febrero del 2023, bordea los 64,000 sentenciados a este tipo de pena, generando una sobrecarga administrativa, ya que, en comparación a enero del 2017 era de 8,812 sentenciados. La cantidad de servidores ha tenido una variación mínima.
  2. En las 39 dependencias de Medio Libre no existen los profesionales encargados de la evaluación, por lo que otros servidores asumen ese rol para cumplir con la ejecución de la sentencia.
  3. Existe un procedimiento de evaluación inicial de liberados con beneficio penitenciario y de sentenciados a penas limitativas de derechos, pero la extensión de criterios que se describen en su aplicación dificulta debido a que no hay el equipo que pueda aplicarlo o los tiempos son cortos debido a la carga laboral.
  4. Un criterio indispensable para la evaluación inicial es la disponibilidad de vacantes en las Unidades Beneficiarias que los sentenciados con determinadas características. Los sentenciados con delitos más graves o con alto estigma son los más complicados de ubicar.