Principios de intervenciones que funcionan: superando el «nada funciona» de Martinson

En los últimos años, se ha consolidado la idea de que el tratamiento en cárcel puede reducir la conducta delictual y que las las intervenciones basadas en evidencia podrían ser efectivas para lograr este objetivo (Farranaga et al., 2022). Básicamente, este enfoque, conocido como what works señala que la reincidencia y la re-encarcelación pueden ser reducidas puesto que existen ciertos factores que pueden poner al ofensor en riesgo de cometer nuevamente delitos en el futuro. Desde la década de 2010, Gendarmería ha estado en un proceso de implementar el modelo RNR en sus tres subsistemas de modo de realizar intervenciones basadas en evidencia con las personas que tiene a su cargo (Gendarmería de Chile, 2019). En países desarrollados, se ha encontrado que los programas que adhieren a RNR pueden llegar a reducir la reincidencia de los infractores hasta en un 35% (Andrews & Bonta, 2010), aunque evidencia reciente demuestra que una implementación adecuada es condición indispensable para que el modelo de los resultados que se esperan (Borseth et al., 2021)

Este modelo consta con tres principios fundamentales. El principio de riesgo establece que los infractores que corren el mayor riesgo de cometer un nuevo delito deberían ser los sujetos con más intervención, supervisión y programas. En este sentido, diversos estudios han señalado las consecuencias negativas de las intervenciones destinadas a reclusos de alto riesgo cuando se aplican a los infractores de bajo riesgo o cuando se mezclan diferentes grupos de riesgo; Las tasas de reincidencia aumentan para el grupo de menor riesgo (Andrews et al., 2011; Lowenkamp y Latessa, 2005Latessa et al 2002).

El principio de necesidad sugiere que las intervenciones deben dirigirse directamente a los factores dinámicos (también llamados «necesidades criminogénicas») asociados a comportamientos de alto riesgo, incluyendo personalidad antisocial, actitudes y valores antisociales, asociados antisociales, disfunción familiar, el control, las malas habilidades para resolver problemas, el abuso de sustancias y la falta de empleo / habilidades laborales, la educación, el escaso afecto familiar y la mala comunicación (Gendreau, Smith, & French, 2006). Sin embargo, el principio de necesidad no siempre se ha respetado en la práctica correccional, ya que no ha sido infrecuente que en muchas intervenciones se hayan tomado como objetivos del programa ciertas variables no directamente asociadas con la conducta criminal, como la autoestima. Como resultado, estos programas han demostrado ser infructuosos en la reducción de la reincidencia (Latessa, et al., 2002).

Finalmente, el principio de responsividad establece que la entrega de tratamientos debe corresponder a las características de los individuos, incluyendo sus rasgos cognitivos, de personalidad y socioculturales (Andrews et al., 2011). La mayoría de los especialistas están de acuerdo en que hay dos tipos diferentes de responsividad: general y específica. Mientras que la responsividad general se refiere al uso de un enfoque cognitivo-conductual en las intervenciones correccionales (Van Voorhis et al, 2004), la responsividad específica, por otra parte, tiene que ver con la coincidencia que debe existir entre el programa y las características específicas del infractor. Incluyendo la raza, el género, la cultura, la capacidad cognitiva, la edad, el estilo de aprendizaje y una variedad de otras características personales (Pantoja, 2010).

Sin embargo, el traspaso de este modelo a un país como Chile no resulta trivial, ya que las intervenciones sociales en cárcel están sujetas a una serie condiciones complejas. En este sentido, Oliveri (2011) ya señalaba hace más de diez años atrás en su estudio sobre «Programas de rehabilitación y reinserción de los sistemas de cárceles concesionadas y estatales» que se hacía necesario revisar y potenciar el área de intervenciones psicosociales en las cárceles chilenas, puesto que existían diversas carencias e inconsistencias en la forma en que los programas de reinserción eran ejecutados.

Ella hacía referencia a llevar a cabo intervenciones desde una mirada integral, señalando algunos lineamientos:

  • Fortalecer el personal dedicado a ejecutar los planes de intervención en centros penitenciarios cerrado en el programa de reinserción social.
  • Capacitación especializada y constante monitoreo de éstas, respecto de los contenidos y acreditación de las competencias en los profesionales para implementar el programa de reinserción.
  • Distinguir entre los profesionales que evalúan el riesgo de reincidencia respecto de los que ejecutan el plan de intervención y por otra parte los que confeccionan los informes en relación a los beneficios intra-penitenciarios.
  • Potenciar el trabajo al interior de los recintos penitenciarios, aumentando los espacios físicos y el equipamiento necesario para llevar a cabo el proceso de reinserción con los internos.
  • Efectuar intervenciones altamente especializadas conforme a los perfiles de riesgo.
  • Establecer equipos especializados para la preparación de las distintas fases del programa.
  • Instaurar un personal altamente calificado encargado de decidir respecto del otorgamiento de beneficios intrapenitenciarios.
  • Profesionalizar la gestión del sistema penitenciario incluyendo capacitaciones en gestión, recursos humanos y derechos humanos (Olivieri, 2011).

En una investigación de Brander y Sanhueza (2016), se visitaron 10 unidades penales de la región metropolitana y entrevistaron a 46 profesionales, quienes reportaron la existencia de problemas de infraestructura, recursos escasos, alta carga laboral, prioridad de custodia sobre reinsercion social y una sensación en los profesionales de desesperanza aprendida, junto a la creencia de que finalmente sus acciones no sirven para lograr una reinserción efectiva de las personas con las que trabajan (Brander y Sanhueza, 2016). En este sentido, muchos de los fracasos en los programas de reinserción con personas privadas de libertad se asocian a problemas en su implementación, ya que, los programas de tratamiento en los sistemas penitenciarios necesitan de condiciones adecuadas para tener éxito en el desarrollo del proceso (Latessa et al, 2002).

Fuente: Sanhueza, Guillermo, & Brander, Francisca. (2023). Implementación del modelo RNR en la rehabilitación de infractores adultos: un estudio de caso en el Maule, Chile. Delito y sociedad, (55), e0085. https://dx.doi.org/https://doi.org/10.14409/dys.2023.55.e0085

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