Duplicado DNI electrónico Documento Nacional de identidad RENIEC
Trámites en oficina de RENIEC
Nombre del Trámite: |
DUPLICADO DE DNI (MAYOR DE 17 AÑOS DE EDAD) |
Objetivo del Trámite: |
Proporcionar el Documento Nacional de Identidad (DNI) con el mismo tenor y características que el último actualizado o renovado: Se puede pedir en caso de pérdida, robo, destrucción o deterioro. El DNI contiene una indicación: «Duplicado». |
Documentos a Presentar: |
1 . Ficha Registral, suscrita por el declarante con carácter de Declaración Jurada. |
2 . Recibo de Pago de Derechos Administrativos. |
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Pasos a seguir: |
1 . Presentar los requisitos en una Oficina RENIEC. |
2 . La entrega del DNI será al titular a partir de los diecisiete (17) años de edad o al apoderado. |
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Donde se realiza el trámite: |
Departamento: LIMA Provincia: LIMA Distrito: LIMA Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico Teléfono: 315-2700 Correo: consultas@reniec.gob.pe |
Costo |
S/. 23,00 Nuevos Soles |
UIT S./ : |
(En el territorio nacional y en el extranjero: En caso de personas a partir de los diecisiete (17) años 0.6216% UIT) |
Calificación: |
Silencio Negativo – 10 días Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. |
Inicio del Trámite: |
Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC |
Unidad que evalúa el trámite: |
Sub Gerente de Procesamiento de Identificación. |
Informes sobre el estado del Trámite: |
Aló RENIEC 0800-11-040 |
Instancia que resuelve el Trámite: |
Sub Gerente de Procesamiento de Identificación. |
Instancia que resuelve recurso impugnatorio: |
RECONSIDERACIÓN |
Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. |
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APELACIÓN |
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Gerencia de Registros de Identificación. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. |
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Base Legal: |
Ley Nº 26497 Ley Orgánica del RENIEC Artículo 36º Fecha de publicación :12.07.95 Decreto Supremo N° 015-98-PCM Reglamento de Inscripciones Artículo 96º Fecha de publicación : 25.04.98 |
Observaciones: |
No constituye requisito presentar denuncia policial por pérdida o hurto del DNI. |
(**) Este Trámite es GRATUITO para las personas con discapacidad. |
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