DNI duplicado virtual por internet RENIEC
Duplicado virtual
Nombre del Trámite: | DUPLICADO A TRAVÉS DE PÁGINA WEB O DE LA PLATAFORMA VIRTUAL MULTISERVICIOS (PVM) |
Objetivo del Trámite: | Proporcionar el Documento Nacional de Identidad(DNI) tramitado por personas a partir de los diecisiete(17) años, a través del sitio web institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe) o de la Plataforma Virtual Multiservicios (PVM). con el mismo tenor y características que el último actualizado o renovado: Se puede pedir en caso de pérdida, robo, destrucción o deterioro. El DNI contiene una indicación: «Duplicado». |
Documentos a Presentar: | 1 Recibo de Pago de Derechos Administrativos. |
Pasos a seguir: | 1 Ingresar a la página WEB INSTUCIONAL de RENIEC ó visitar la Plataforma Virtual Multiservicios (PVM) 2 La entrega del DNI será al titular a partir de los diecisiete (17) años de edad. |
Donde se realiza el trámite: | Departamento: LIMA Provincia: LIMA Distrito: LIMA Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico Teléfono: 315-2700 Correo: consultas@reniec.gob.pe |
Costo UIT S./ : | S/. 20,00 Nuevos Soles (En el territorio nacional y en el extranjero 0.5405% UIT.) |
Calificación: | Silencio Positivo – 05 Días Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado. |
Inicio del Trámite: | Por la Web |
Unidad que evalúa el trámite: | Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación. |
Informes sobre el estado del Trámite: | Agencias RENIEC Aló RENIEC 0800-11-040 Consulta el estado del trámite por web Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe |
Instancia que resuelve el Trámite: | Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación. |
Instancia que resuelve recurso impugnatorio: | RECONSIDERACIÓN Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. APELACIÓN Gerencia de Registros de Identificación. Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles. Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. |
Base Legal: | Ley Nº 26497 Ley Orgánica del RENIEC Artículo 36º Fecha de publicación :12.07.95 Decreto Supremo N° 015-98-PCM Reglamento de Inscripciones Artículo 96º Fecha de publicación : 25.04.98 |
Observaciones: | * No constituye requisito presentar denuncia policial por pérdida o hurto del DNI. (**) (**) Este Trámite es GRATUITO para las personas con discapacidad. |