DNI duplicado virtual por internet RENIEC

Duplicado virtual

Nombre del Trámite: DUPLICADO A TRAVÉS DE PÁGINA WEB O DE LA PLATAFORMA VIRTUAL MULTISERVICIOS (PVM)
Objetivo del Trámite: Proporcionar el Documento Nacional de Identidad(DNI) tramitado por personas a partir de los diecisiete(17) años, a través del sitio web institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe) o de la Plataforma Virtual Multiservicios (PVM). con el mismo tenor y características que el último actualizado o renovado: Se puede pedir en caso de pérdida, robo, destrucción o deterioro. El DNI contiene una indicación: «Duplicado».  
Documentos a Presentar:  1         Recibo de Pago de Derechos Administrativos.
Pasos a seguir:  1         Ingresar a la página WEB INSTUCIONAL de RENIEC ó visitar la Plataforma Virtual Multiservicios (PVM)  
2         La entrega del DNI será al titular a partir de los diecisiete (17) años de edad.
Donde se realiza el trámite:Departamento: LIMA  Provincia: LIMA  Distrito: LIMA
Dirección: Jr. Bolivia 109, Torre Centro Cìvico
Teléfono: 315-2700
Correo: consultas@reniec.gob.pe
Costo
UIT S./ : 
S/. 20,00 Nuevos Soles
(En el territorio nacional y en el extranjero 0.5405% UIT.)  
Calificación: Silencio Positivo – 05 Días
Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado. 
Inicio del Trámite: Por la Web 
Unidad que evalúa el trámite: Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación. 
Informes sobre el estado del Trámite: Agencias RENIEC
Aló RENIEC 0800-11-040
Consulta el estado del trámite por web
Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe 
Instancia que resuelve el Trámite: Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación. 
Instancia que resuelve recurso impugnatorio: RECONSIDERACIÓN

Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.

APELACIÓN

Gerencia de Registros de Identificación.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. 
Base Legal: Ley Nº 26497 Ley Orgánica del RENIEC Artículo 36º Fecha de publicación :12.07.95

Decreto Supremo N° 015-98-PCM Reglamento de Inscripciones Artículo 96º Fecha de publicación : 25.04.98  
Observaciones: * No constituye requisito presentar denuncia policial por pérdida o hurto del DNI.
(**) (**) Este Trámite es GRATUITO para las personas con discapacidad.  

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