Raúl Salinas*
La crisis del paradigma resocializador
Para intentar desarrollar la idea de trabajo y estudio como elementos de
reintegración social iniciaré la exposición por la segunda parte del tema.
Hablar del mito de la resocialización, reforma, readaptación, reeducación,
reinserción, reincorporación, de las ideologías “re”, en general, es referirse a un concepto difuso, en crisis y acreedor de críticas desde todos los sectores políticos
y doctrinarios.
Sólo por mencionar algunos indicaremos la carencia de contenido que padece la
resocialización, y en consecuencia, la imposibilidad de contrastarla con la
realidad, la carga ideológica del término, la realidad des-socializadora y
criminógena de la prisión, la falacia de enjaular y segregar para enseñar a vivir
en libertad y comunidad, y al absurdo de utilizar como base para el pronóstico
del futuro comportamiento en soltura a la conducta desarrollada en el encierro.
Aún asumiendo la cuestionable idea que afirma que el delito, si tal categoría
existe, es una manifestación de des-socialización, mucho más des-socializadoras
son nuestras cárceles. Acaso el debate alguna vez debiera dirigirse a pensar
como resocializar a nuestras desiguales sociedades.
Retomando lo anterior, involucrada con las prácticas “re” aparecen las
intolerables intromisiones del Estado con relación a la autonomía de las personas
en una sociedad democrática que hace de la defensa del pluralismo y de la
diversidad valores a proteger.
En este sentido la ideología del tratamiento, de raigambre curativista y
positivista simplemente persigue imponer a un objeto un modo de desarrollar su
vida de acuerdo a patrones paternalistas, cuando no perfeccionistas.
Finalmente una de las más duras afirmaciones acerca del mito de la
resocialización es aquella que afirma que no es más que una herramienta de
gobierno de las prisiones, en donde las autoridades canjean a cambio de
obediencias fingidas de parte de los presos, beneficios tales como al acceso
anticipado a la libertad.
Asentadas algunas de las críticas que soportan las ideologías “re” procuraremos
identificar el contenido de la reintegración excluyendo de modo previo a las ideas
que claramente no la constituyen.
En primer término debemos afirmar que no es reintegración encerrar a una
persona en condiciones infrahumanas; no es reintegración castigar cruelmente ni
torturar; no es reintegración pensar en el prisionero como en un objeto o un
enfermo; no es reintegración pretender repararlo o curarlo ni lo es intentar
avanzar sobre su autonomía personal tratando de imponerle una moral o un plan
de vida.
Tampoco es reintegración extorsionar a un privado de libertad con la posibilidad
de acceder anticipadamente a su libertad. No es reintegración confundir y
mezclar al régimen de la ejecución de la pena privativa de la libertad con las
ideas de tratamiento.
Reintegrar no es obviar los componentes sociales de la violencia, el delito y la
cárcel.
Reintegración no significa aislar y segregar como única y permanente
herramienta para evadir soluciones ante los conflictos.
Tampoco implica signar a
toda la ejecución de la pena privativa libertad bajo la impronta de la “seguridad”
dentro de la cárcel ni establecer la arbitrariedad y la violencia como instrumento
de gobierno de las prisiones ni transformar al ejercicio de los derechos en
“privilegios” o “beneficios” a los que se accede previa contraprestación.
En pocas palabras, reintegración parece ser lo opuesto a las prácticas cotidianas
que suceden en nuestras cárceles. Es una curiosa paradoja que nuestras
sociedades buscan incorporar a la comunidad mediante la prisionización,
mientras los proyectos políticos no hacen más que desarrollar políticas sociales
profundamente desintegradoras y marginalizadoras, incluso sobre quienes no
han tenido conflicto con la ley penal.
Reintegración es contar con políticas activas que tiendan a morigerar el
problema central de los reclusos: la restricción de su libertad; es mitigar los
efectos negativos y des-socializadores que genera el encierro.
El eje aquí no pasa por resocializar a través de la cárcel sino en procurar que la
persona pueda reintegrarse al medio libre en una mejor condición, aún pese a la
cárcel. Se trata de colaborar con la persona en la construcción de una ciudadanía
para la democracia.
Perseguir la posibilidad de reintegración del prisionero implica abandonar
perspectivas medicinalistas, correccionalistas y meramente punitivas, y requiere
tratar al interno en su condición de adulto sujeto de derechos, escuchando su
voz y prestando especial atención a sus demandas.
Buscar que la cárcel ayude a la reintegración implica que, en tanto y en cuanto
no podamos abrir las cárceles, las inundemos con la presencia y actividades de
personas del medio libre, que construyamos puentes de doble vía entre el
adentro y el afuera buscando que la prisión se parezca lo más posible a la
sociedad tras los muros.
*
Raúl Salinas es abogado de la Universidad de Buenos Aires, especializado en derecho penal. Coordina el Centro de
Estudios de Política Criminal y Seguridad (CEPCyS) y el Centro de Estudios Penitenciarios (CEP) del Instituto de Estudios
Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) de Buenos Aires, Argentina.
Salinas, R. (2002, November). El trabajo y el estudio como elementos de reintegración social. In Conferencia Latinoamericana sobre Reforma penal y Alternativas a la prisión.