Superar la dicotomía en la situación de la ejecución de las sentencias alternativas a la prisión

 Las penas alternativas son cada vez más visibilizadas y con ellas su problemática. En el Perú, este tipo de penas ya supera las 60 mil sentenciadas registradas en Medio Libre (INPE). La problemática principal tiene que ver con la condición en la que se encuentra esta población respecto al cumplimiento de la sentencia impuesta. A diferencia de la prisión donde todo la ejecución (de privación de libertad) se encuentra garantizada por las frías celdas y muros que lo retienen a los reos las 24 horas; en cambio, las penas alternativas – en este caso, las de prestación de servicios comunitarios – depende principalmente de la voluntad de los sentenciados para comparecer al Establecimiento de Medio Libre. 

La dicotomía que se presenta es entender de manera simple que los sentenciados en Medio Libre cumplen o no cumplen su pena, y si no la hacen, solo el INPE tiene responsabilidad y potestad sobre ello.

El incumplimiento de las sentencias alternativas a la prisión representa una situación compleja para la institución penitenciaria cuya labor principal es la de ejecutar los mandatos judiciales con el fin de lograr por medio de esta ejecución la reinserción social. En el caso de la población que asiste a cumplir su pena, desde su apersonamiento a su evaluación inicial para su ubicación y luego su asistencia a las Unidades Beneficiarias para cumplir su pena, salvo las de indagar dónde lo ejecuta, cómo es su avance y hasta cuándo, informe de interés de las autoridades judiciales.

Fácil y sin mayor análisis sería indicar que toda la responsabilidad la tiene la institución penitenciaria del incumplimiento de las penas alternativas. Aquí en punto central: para la ejecución efectiva de las penas alternativas se requiere de la voluntad del sentenciado para apersonarse y cumplir su pena, ya sea que esta voluntad se haya generado previamente por el miedo a que su pena sea revocada, por la notificación por parte de la institución penitenciaria o porque tienen conciencia de la responsabilidad que debe apersonarse a ejecutar, infinidad de factores que pueden conllevar a concretar la voluntad del sentenciado a apersonarse.

La voluntad del sentenciado no es el único factor, aunque lo puedo considerar el más importante. Otros, tienen que ver con las distancias a donde se pueda apersonarse, la falta de información, alguna condición física o psicológica que pueda dificultar tal ejecución y que podría considerarse dentro de lo justificable en un análisis minucioso de los factores del incumplimiento.

Las estrategias en este sentido son diversas, pero importante destacar algo valioso es que, ante el incumplimiento has varias acciones secuenciales de acuerdo a los procedimientos vigentes para atender estas situaciones. La notificación es la acciones que le correspondería a la institución penitenciaria, claro que no tan sencilla de aplicar en todos los casos, considerando las limitaciones presupuestales, recursos humanos, distancias geográficas, información falsa, inexacta o incompleta de sus datos personales. A pesar de todo, pudiera lograrse a notificar y las veces que sea posible y realizar todo lo establecido en la norma y aún así la persona sentenciadas no cumpla por voluntad o imposibilidad.

Las consecuencias de los incumplimientos son carga compartida de las instituciones competentes involucradas, pues en lo que respecta a la institución penitenciaria, se encuentra la acción de notificar y luego comunicar a la autoridad judicial ante la renuencia o dificultades para cumplir, pues “futbolísticamente” podemos decir que la pelota lo hemos pasado a la autoridad judicial quien al recibir la comunicación de la situación del sentenciado, deba establecer medidas que garanticen la ejecución de la pena alternativa, considerando que tienen la capacidad coercitiva de hacerlo.

Las medidas alternativas como trampolín a la prisión no representa una verdadera alternativa a la situación crítica que atraviesan las prisiones, ante las políticas de mano dura, punitivista y populistas que busca agravar  la duración de las penas y penalizar más comportamientos como una solución a la seguridad ciudadana. 

Una cultura del incumplimiento debilitaría la institución penitenciaria ya que, la “viveza” para cumplir junto con las argucias de algunos abogados para indicar que las consecuencias del incumplimiento casi son nulas, ya que la burocracia documentaria a nivel administrativo es lenta, a tal nivel que, hasta se se tome conocimiento del incumplimiento y el juez adopte alguna medida coercitiva, podría ya haber prescrito la pena, por lo que para algunos “no cumplir” podría ser la alternativa, por lo que la “voluntad de cumplir” sería negativa.

A pesar de lo poco visibilizado de las penas alternativas, todavía es insuficiente, las penas alternativas no están en el discurso de los políticos ni de los medios de comunicación en nuestro contexto, porque lo más mediático siempre será la prisión.

Comprender los factores que propician el cumplimiento de las penas alternativas, puede también ayudar a reforzar las estrategias que hagan frente al incumplimiento de las penas alternativas, que permita fortalecer el rol del sistema penitenciario respecto a la ejecución de estas penas para la reinserción social.

Sobre el autor:

Edwin Ticlla Colunche

Psicólogo y sociólogo.


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Algunas de las palabras claves son:

  • Penas alternativas: Hace referencia a aquellas sentencias que se imponen en reemplazo de la prisión, buscando cumplir las multas de reinserción social.
  • Voluntad: Factor fundamental en el cumplimiento de las penas alternativas, ya que al no haber reclusión física, depende del compromiso voluntario del sentenciado.
  • Notificación: Acción director de la institución penitenciaria para informar a los sentenciados sobre su comparecencia un cumplir la pena.
  • Incumplimiento: Falta de cumplimiento efectivo de la pena alternativa por parte del sentenciado.
  • Factores: Diferentes situaciones, como distancias, información, condiciones personales, que pueden incidir en el cumplimiento.
  • Estrategias: Medidas y enfoques de una desarrollar para fortalecer el cumplimiento y hacer frente a los inconvenientes.
  • Instituciones involucradas: No solo la penitenciaria, sino también el Poder Judicial y su capacidad coercitiva ante los incumplimientos.
  • Reinserción social: Fin principal de las penas alternativas, que requiere del compromiso de múltiples actores.
  • Discurso: Ausencia del tema en la agenda política y mediática, priorizándose la prisión.
  • Complejidad: Múltiples variables en juego que dificultan la onu enfoque simplificador del problema.