Establecimiento de Medio Libre Surquillo INPE

Calle Voto Bernales 265 – La Victoria (espalda Poder Judicial, Av. Campodónico) Alt. Cuadras 5 y 6 de la Av. Canadá. VER MAPA

icons8-important-mail-96 Establecimiento de Medio Libre Surquillo INPE Correo de mesa de partes: tramite_eml_surquillo@inpe.gob.pe

 La Oficina de Infraestructura Penitenciaria tiene una cartera de proyectos de inversión pública a ejecutar este año, encontrándose en la etapa de ejecución la obra de : “Mejoramiento del servicio de readaptación social de liberados y sentenciados de la dirección Medio Libre – distrito de Surquillo -provincia de Lima- región Lima” – CUI N°2190039, con código SNIP N°266894.

Mientras dure la obra, los profesionales de Medio Libre Surquillo atenderán en el local provisional de calle Voto Bernales N° 265, La Victoria, en el horario de oficina.

Medio Libre Surquillo, dirigido por Santos Carlín Ruiz alberga a 9,500 sentenciados a penas limitativas de derecho y 850 liberados.

Programa piloto de atención a internos sin sentencia y aptos para beneficios penitenciarios.

El Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, uno de los más grandes y sobrepoblados de Perú, ha anunciado el lanzamiento de un programa piloto destinado a fortalecer el derecho al acceso a la justicia de la población penal. Este programa se centra en la atención a internos sin sentencia y aquellos aptos para beneficios penitenciarios.

El objetivo principal de esta iniciativa es consolidar una metodología focalizada para el deshacinamiento penitenciario de manera responsable. En un primer tramo, se ha identificado a unos 150 internos del programa piloto como potenciales para egresar de los penales, tras un diagnóstico legal de casos judiciales llevado a cabo por profesionales en temas penitenciarios de la organización ABA ROLI Perú.

Apoyo Internacional y Local

Este programa piloto cuenta con el apoyo de la Oficina de Asuntos Antinarcóticos de Aplicación a la Ley de la Embajada de Estados Unidos, que ha financiado la participación de un grupo de abogados. Raúl Callirgos Velarde, director de ABA ROLI Perú, explicó que el programa busca brindar atención legal a aquellos internos que no cuentan con sentencia o aquellos que tienen la posibilidad de solicitar un beneficio penitenciario.

Un equipo de profesionales, compuesto por cinco abogados y coordinado por el doctor Carlos Vásquez Ganoza, estará a cargo durante los próximos cinco meses en brindar atención a aquellos internos que están en las condiciones presentadas en el piloto.

Beneficios y Expectativas del Proyecto

El presidente del Consejo Nacional Penitenciario (CNP), Javier Llaque Moya, destacó el apoyo que brindará ABA ROLI, luego de realizar un diagnóstico legal de 500 privados de libertad y haber determinado a 150 beneficiarios del proyecto. Llaque Moya expresó su deseo de estar presente el día que salga libre el primero del grupo, como demostración de que vale la pena invertir en defensores.

Llaque Moya también se dirigió a los internos presentes, instándolos a aprovechar la oportunidad de libertad y a no regresar por la misma causa que los llevó a la prisión. Enfatizó que serían bienvenidos si regresan como empresarios o emprendedores, pero advirtió que se tomarían medidas drásticas si vuelven por la misma causa.

Este programa piloto representa un paso importante en el fortalecimiento del acceso a la justicia para la población penal en Perú, y se espera que tenga un impacto significativo en la reducción del hacinamiento en los penales.

La reforma del Código de Ejecución Penal

varios expertos sobre la valoración de la información obtenida en el contexto de una reforma del Código de Ejecución Penal. Se discuten varios puntos, incluyendo la metodología del plan, la progresividad de las actividades desarrolladas, y la interpretación de la valoración de la información obtenida.

Se sugiere que la valoración de la información obtenida podría equivaler a un diagnóstico, ya que el diagnóstico es el producto de un criterio que permite identificar lo que está bien, lo que está mal y lo que se debe proponer. En este sentido, el diagnóstico sería una etapa intermedia, después de la cual vendría la redacción de propuestas para el texto del anteproyecto. La Comisión Especial realizará un análisis conjunto de la información obtenida para contribuir al resultado de la reforma del Código de Ejecución Penal. Este análisis podría realizarse de manera virtual o presencial.

Se discute también la idea de cambiar el término «valoración» por «evaluación» para tener una sinonimia entre los términos. Además, se habla de la necesidad de coordinar con otros grupos de trabajo que están realizando esfuerzos similares, para evitar duplicar esfuerzos y para asegurar que se consideren todas las propuestas y avances realizados.

Se abordan varios temas de interés, como la sobrepoblación y el hacinamiento en las cárceles, la reintroducción del juez de ejecución penal, y la incorporación de nuevos institutos en la ejecución penal. También se discuten algunas propuestas novedosas, como la figura del juez de ejecución penal con una mirada de vigilancia penitenciaria, y la consideración de la visita íntima como un derecho de los internos.

Esto significa que una vez que se termina un producto legislativo, se inicia un proceso de revisión. En este caso, se está revisando la legislación existente del Código de Ejecución Penal, no creando algo nuevo desde cero.

Metodología de Revisión Propuesta:

  1. Recopilación de Información: Se recoge toda la información relevante, incluyendo cambios legislativos anteriores y datos sustantivos sobre la materia.
  2. Análisis y Evaluación: Se analiza la información recopilada y se evalúa su impacto y relevancia.
  3. Diagnóstico: Basado en el análisis y la evaluación, se realiza un diagnóstico que identifica los problemas y las áreas que necesitan cambios o mejoras.
  4. Debate: Se discuten las propuestas de modificación y se debate sobre ellas.
  5. Aprobación del Anteproyecto: Finalmente, se aprueba el anteproyecto, que es el producto de todo el proceso de revisión.

Se propone que antes de la aprobación y votación, se incluya una fase más propositiva, no solo de diagnóstico. El Secretario Técnico concuerda y resume los cinco puntos del proceso, destacando la importancia de la fase propositiva.

Política de Trabajo de la Comisión Especial:

  • Transparencia: Todas las actividades serán públicas y difundidas, incluyendo las reuniones de trabajo.
  • Neutralidad: El trabajo será eminentemente técnico.
  • Pluralidad: Se considerarán diferentes perspectivas, incluyendo las del Ministerio Público, Poder Judicial y Ministerio del Interior.
  • Oportunidad: Las acciones se realizarán considerando la urgencia o demanda de temas específicos.
  • Consenso: Se buscará el consenso en la redacción de normas.
  • Participación: Se fomentará la participación activa en el proceso.
  • Confidencialidad: Aunque el proceso es público, se mantendrá la confidencialidad en ciertos aspectos.
  • Metodología: Se invita a contribuciones para mejorar la metodología de trabajo.

La Dirección General de Asuntos Criminológicos es un órgano del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos encargado de proponer políticas públicas, planes y estrategias en materia criminológica. También se encarga de elaborar proyectos normativos y dirigir el Observatorio Nacional de Política Criminal – Indaga. Esta dirección depende jerárquicamente del Despacho Viceministerial de Justicia. Además, tiene a su cargo la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Criminal (Conapoc) y la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes 1.

En cuanto al avance del proyecto de código de ejecución penal, se ha trabajado a través de grupos de trabajo en diferentes aspectos. Algunos de los componentes específicos en los que se ha avanzado son:

  • Aspectos transversales: se busca actualizar la terminología y eliminar conceptos desactualizados en el código de ejecución penal.
  • Beneficios penitenciarios: se han discutido temas relacionados con los beneficios que pueden otorgarse a los internos.
  • Tratamiento penitenciario: se ha coordinado estrechamente con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para mejorar el tratamiento de los internos.
  • Medidas alternativas: se han analizado medidas que permitan salidas no alternativas a la prisión, así como la conexión con legislación relacionada.
  • Juez de ejecución penal: se ha discutido la figura del juez de ejecución penal y se han realizado avances en este tema.

La Dirección de Política Criminológica, que forma parte de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, ha trabajado en cuestiones gramaticales y modificaciones del código de ejecución penal. La directora de Política Criminológica puede proporcionar más información al respecto 1.

Es importante destacar que se ha programado una sesión ordinaria del Consejo Nacional de Política Criminal (Conapoc) para abril de 2023, donde se presentará el informe final del proyecto de código de ejecución penal. Se espera la aprobación correspondiente para llevar a cabo esta sesión 1.

Origen y Evolución del Enfoque Restaurativo

La justicia juvenil restaurativa tiene sus raíces en prácticas indígenas y culturas ancestrales, donde la resolución de conflictos se centraba en la reparación del daño y la reintegración del ofensor en la comunidad. La justicia terapéutica surge en la década de 1970, cuando los profesionales de la salud mental comenzaron a reconocer la importancia de abordar las necesidades psicológicas de los condenados para prevenir la reincidencia.

Las primeras iniciativas de justicia restaurativa surgieron en Canadá y Nueva Zelanda, con programas experimentales que buscaron enfoques alternativos para tratar el comportamiento delictivo de los adolescentes infractores. En Canadá, los primeros programas de justicia juvenil restaurativa se establecieron en la provincia de Ontario, bajo la dirección de Ted Wachtel y Howard Zehr. Estos programas se enfocaron en la reintegración del adolescente infractor a la comunidad, y en la necesidad de responsabilizarlos por sus acciones y fomentar la reparación del daño causado a las víctimas y a la sociedad en general.

En Nueva Zelanda, el enfoque restaurativo se enmarca en el concepto de “justicia familiar”, en el que las reuniones y conferencias entre las partes afectadas por el delito se utilizan para abordar el conflicto y llegar a acuerdos restaurativos Estas prácticas se incorporaron gradualmente en el sistema de justicia juvenil del país, y son bien recibidas tanto por las comunidades como por los profesionales del sistema de justicia

La implementación y el desarrollo de programas de justicia juvenil restaurativa se extendió a otros países, incluidos Australia, Reino Unido, los Países Bajos y Estados Unidos; incluso se encuentra dando sus primeros pasos en algunos países latinoamericanos 1. Cada país adapta el enfoque restaurativo a su contexto legal, cultural y social particular, lo que ha llevado a una variedad de modelos y prácticas en todo el mundo

El reconocimiento y la aceptación de la justicia juvenil restaurativa en la comunidad internacional aumentaron significativamente en los últimos años. Organizaciones internacionales como la ONU y el Consejo Europeo promueven la adopción de enfoques restaurativos como una forma efectiva y humana de abordar el delito y promover la justicia social.

Principios y Fundamentos de la Justicia Juvenil Restaurativa

La justicia juvenil restaurativa se fundamenta en un conjunto de principios y valores que buscan transformar la forma en que se aborda el delito. Estos principios se centran en promover una visión más holística y humana de la justicia, alejándose de la mera aplicación de sanciones y castigos, y enfocándose en la reparación del perjuicio causado a todas las partes afectadas por el delito.

Inclusión de las Víctimas, los Adolescentes Infractores y la Comunidad en General: Este enfoque participativo y colaborativo permite que las voces de las partes involucradas sean escuchadas y consideradas en el proceso de resolución de conflictos. A través del diálogo, se busca llegar a un entendimiento común y alcanzar acuerdos que satisfagan las necesidades de todos.

Responsabilización Personal: En lugar de simplemente imponer sanciones a los adolescentes infractores, se busca que asuman la responsabilidad de sus acciones y enfrenten las consecuencias de sus decisiones. A través de procesos restaurativos, los adolescentes infractores tienen la oportunidad de reflexionar sobre el impacto de sus actos en los demás.

Reparación del Daño: La justicia juvenil restaurativa se enfoca en la reparación del daño causado a las víctimas y a la comunidad. En vez de centrarse en la imposición de castigos, se busca que los adolescentes infractores tomen medidas concretas para reparar la afectación causada. Esto puede incluir disculpas sinceras, acciones de servicio a la comunidad o cualquier otra medida que contribuya a la restauración de las relaciones y la reparación del tejido social afectado.

Búsqueda de Soluciones Creativas y Personalizadas: Cada adolescente infractor y cada situación son únicos, y por lo tanto los enfoques restaurativos deben adaptarse a las circunstancias particulares. La flexibilidad y la adaptabilidad son características fundamentales, ya que se busca encontrar soluciones justas y equitativas para todas las partes.

Por lo expuesto, los principios y fundamentos de la justicia juvenil restaurativa buscan promover una visión más humanizada y efectiva del sistema de justicia juvenil. Al poner énfasis en la inclusión, la responsabilización personal, la reparación del daño y la construcción de relaciones comunitarias, se busca no solo abordar el comportamiento delictivo de los adolescentes infractores, sino también contribuir a la construcción de una sociedad más justa, equitativa y compasiva.