GESTIÓN DEL TRASLADO INTERNACIONAL DE LA POBLACIÓN PENITENCIARIA

TRASLADO-20INTERNACIONAL-20IMG_0016-300x200 GESTIÓN DEL TRASLADO INTERNACIONAL DE LA POBLACIÓN PENITENCIARIA

Mediante Resolución Presidencial 283-2023-INPE/P SE APRUEBA LA DIRECTIVA: GESTIÓN DEL TRASLADO INTERNACIONAL DE LA POBLACIÓN PENITENCIARIA

 Formulado por: Unidad
Funcional de Cooperación y Asuntos
Internacionales

 OBJETIVO

 Regular las
actividades y responsabilidades para la gestión oportuna de los traslados
internacionales de la población penitenciaria ejecutados por el Instituto Nacional Penitenciario.

 FINALIDAD

 Promover la
política institucional de reducir el hacinamiento en los establecimientos
penitenciarios y el derecho a la unidad familiar de las personas privadas de
libertad nacionales y extranjeras, que se encuentran cumpliendo pena en
establecimientos penitenciarios en el país y el exterior, a través de la
ejecución de traslados internacionales.

ALCANCE

 La presente
directiva es de aplicación obligatoria para los servidores de las unidades de
organización y dependencias conexas del Instituto Nacional Penitenciario,
que intervienen en las actividades previstas para el traslado internacional
de las personas privadas de libertad nacionales y extranjeras, dentro y fuera del
país.

 5.
DISPOSICIONES GENERALES

 5.1 TRASLADO
INTERNACIONAL DE CONDENADOS; es una figura del derecho internacional
público, a través del cual, las personas que son condenadas en un país
diferente al de su origen o residencia habitual, pueden solicitar su traslado a un
establecimiento penal del país de origen o en el que tengan arraigo para
seguir cumpliendo el resto de la condena, siendo que se constituye como un factor
prioritario en su proceso de reinserción social la unidad familiar,

5.2 TRASLADO
INTERNACIONAL ACTIVO; es el traslado de Una persona 
privada de
libertad peruana condenado y recluido en un establecimiento penitenciario
del exterior, hacia un establecimiento penitenciario del Perú. 

5.3 TRASLADO
INTERNACIONAL PASIVO; es el traslado de una persona 
privada de
libertad extranjero, condenado y recluido en un establecimiento penitenciario
del Perú, hacia un establecimiento penitenciario de su país de origen.

5.4 EL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO; a través de la Unidad Funcional 
de Cooperación
y Asuntos internacionales (UFCYAI), coordina con la Oficina de Cooperación
Judicial Internacional y de Extradiciones de la Fiscalía de la Nación
(OCJIE-FN), y es la encargada de gestionar la ejecución de los traslados
internacionales aprobados.

 6.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

 6.1 TRASLADO
INTERNACIONAL PASIVO DE CONDENADO

 6.1.1 Solicitud

 6.1.1.4 La
persona privada de libertad extranjera, presenta la solicitud de traslado
pasivo de condenado ante el director del establecimiento
penitenciario donde se encuentra recluido, o ante la
OCJIE-FN, o por representación consular a través del Ministerio de
Relaciones Exteriores, según Anexo N* 01.

 Para lo cual,
deberá considerar que es indispensable contar con las siguientes
condiciones:

  • Contar con
    sentencia consentida o ejecutoriada emitida por la autoridad
    judicial peruana.
  • No haber sido
    declarado culpable de un delito exclusivamente militar.
  • Al momento de
    presentar la solicitud, la condena por cumplir no deberá ser
    menor de seis (06) meses.

 6.1.1.2 En el
caso de ser dirigida al director del establecimiento penitenciario,
presentará la solicitud en la mesa de partes del establecimiento
penitenciario, en virtud de los Tratados internacionales
de Transferencia de Condenados suscrito por el Estado Peruano
y sus respectivos países de origen, según Anexo N” 01, o
al amparo del principio de reciprocidad o por razones
humanitarias, según Anexo N* 02, Adjuntando los
siguientes documentos debidamente foliados:

  • Copia
    certificada de la sentencia consentida o ejecutoriada.
  • Declaración
    jurada de libre voluntad, según Anexo  03.

 Recibida la
solicitud de traslado pasivo de condenado, el director del
establecimiento penitenciario deriva, en un plazo no mayor de dos (02)
días hábiles, esta documentación a la UFCYAI.

 6.1.1.3 La
UFCYAI recibe la solicitud y documentos enviados por el director del
establecimiento penitenciario, procede a registrarlo en su sistema y
lo deriva en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles a la
OCJIE-FN.

 6.1.1.4 En el
caso de la persona liberada extranjera que continúa su tratamiento en
un Establecimiento de Medio Libre, presentará la solicitud de
traslado dirigido a la UFCYAI, en la mesa de partes de la Sede
Central del INPE (Jr. Carabaya N* 456, Lima) o mesa de partes
virtual (mesadepartes.inpe.gob.pe), adjuntando los
documentos señalados en el numeral 6.1.1.2, procediendo la
UFCYAJI con lo establecido en el numeral 6.1.1.3.

 6.1.2
Documentación para la formación del expediente de traslado internacional
pasivo de condenado

 6.1.2.4 La
UFCYAI una vez que remite la solicitud de traslado intemacional
pasivo a la OCJIE-FN, inicia las acciones para recabar la
documentación que conforma el expediente de
traslado y lo remite oportunamente a la OCJIE-FN.

 6.1.2.2 Cuando
el solicitante del traslado intemacional pasivo se encuentra
recluido en un establecimiento penitenciario, la UFCYAI dispone
a la dirección del establecimiento que, en el plazo de cuatro
(04) días hábiles remita los siguientes informes: informe social.

  •  Informe
    psicológico.
  •  Informe médico. 
  • Certificado de
    conducta.
  •  Certificado de
    cómputo laboral.
  •  Certificado de
    cómputo educativo.
  •  Copia de la
    Ficha penológica o Ficha de identificación o ficha
  • filiativa.
  •  Y otros que
    solicite la OCJIE-FN.

 6.1.2.3 Cuando
el solicitante del traslado internacional pasivo sea ún tiberado, la
UFCYA! dispone a la jefatura del Establecimient de Medio Libre, en
el plazo de cuatro (04) días hábiles, que remita los siguientes
informes:

  •  Informe social.
  • Informe
    psicológico.
  • Informe médico.
  • Certificado de
    conducta.
  • Certificado de
    cómputo laboral.
  • Certificado de
    cómputo educativo.
  • Y otros que
    solicite la OCJIE-FN.

 6.4.2.4
Adicionalmente, la UFCYAI solicita a la Dirección de Registro Penitenciario
el Certificado de antecedentes judiciales del solicitante a
nivel nacional.

 81.25 La UFCYAI
remite a la OCJIE-FN, en el plazo de un (01) día hábil, la
documentación remitida por los establecimientos penitenciarios.

• Las penas limitativas de derecho: prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación

 Se aplican para los delitos que lo prevén o como sustituto de la pena de privación de libertad, cuando la misma no sea mayor de 4 años, reemplazando un cierto número
de días de esta última sentencia por un día de prestación de servicios (de un mínimo de 10 a
un máximo de 156 días) o limitación de días libres. La prestación de servicios consiste en la
condena de realizar trabajos gratuitos socialmente útiles para las entidades con las que el
Medio Libre ha desarrollado un programa de colaboración. La limitación de días libres consiste, en cambio, en la obligación de participar, los fines de semana, en los programas de tratamiento acordados con el Medio Libre. 

El papel desempeñado por la Dirección de Medio Libre es muy amplio, porque la elección del
trabajo a desarrollarse se lleva a cabo en esta fase. Los controles son tarea de la Administración, que proporciona una comunicación adecuada al juez sobre el progreso de la medida y,
de no ser así, puede llegar a revocarse. El Medio Libre enfatiza que el número de PSC que
no completan es muy alto, sin que el juez intervenga prontamente para revocar, a pesar de
las comunicaciones oportunas. Por otro lado, se señala un gran desinterés por parte de la
Magistratura por la limitación de días libres, que, en cambio, ofrece un mayor espacio para el
tratamiento, que está ausente en el mero trabajo de utilidad pública. El Poder Judicial, por su
parte, hizo hincapié en que nunca se le informó sobre el progreso de las medidas, que parecen no estar controladas en absoluto y, por lo tanto, le dan al juez una impresión de ineficacia
sustancial.

standard_871832-whatsapp-image-2023-11-23-at-5-00-31-pm-1-300x169 • Las penas limitativas de derecho: prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación

WhatsApp-20Image-202023-11-17-20at-208.29.22-20AM-20-3--300x225 • Las penas limitativas de derecho: prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación

WhatsApp-20Image-202023-11-17-20at-203.40.20-20PM-20-1--300x135 • Las penas limitativas de derecho: prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación

WhatsApp-20Image-202023-11-17-20at-203.40.20-20PM-20-3--300x224 • Las penas limitativas de derecho: prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación

WhatsApp-20Image-202023-11-17-20at-208.29.22-20AM-20-2--300x225 • Las penas limitativas de derecho: prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación

WhatsApp-20Image-202023-11-17-20at-2011.22.39-20AM-300x169 • Las penas limitativas de derecho: prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación

MINJUSDH constituirá en Satipo la mesa regional de Junín para la protección de las personas defensoras de los DD.HH.

 El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) llevó a cabo una reunión de coordinación para la constitución de la “Mesa Regional de Junín”, como parte de la estrategia territorial para articular y tomar decisiones en la protección de las personas defensoras de los derechos humanos.

 

standard_872105-whatsapp-image-2023-11-24-at-3-04-03-pm-300x169 MINJUSDH constituirá en Satipo la mesa regional de Junín para la protección de las personas defensoras de los DD.HH.

El viceministro de Derechos Humanos, Luigino Pilotto, indicó que la mesa se desarrollará en Satipo para atender oportunamente las situaciones de riesgo, ya que se han tomado en cuenta las inquietudes de los representantes de la Central Asháninka del Río Ene (CARE) y la Asociación Regional de los Pueblos Indígenas de la Selva Central (ARPI SC) al resaltar que Junín no es una zona netamente de Sierra y que la mesa debe tener una mirada de diversidad, con características de Selva también.
 
“Las mesas regionales nos han permitido articular esfuerzos y tener canales directos con autoridades nacionales, regionales y representantes de organizaciones de pueblos indígenas y organizaciones de sociedad civil, para atender los riesgos a los que se exponen las personas defensoras de derechos humanos, quienes se enfrentan al desarrollo de actividades ilegales como el narcotráfico, la tala ilegal y el tráfico de tierras. Como Estado tenemos que fortalecer esas relaciones e intervenciones”, destacó el viceministro.
 
En la reunión se contó también con la participación de los representantes de DEVIDA, Defensoría del Pueblo y la asociación civil sin fines de lucro Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), involucrada en la defensa de los derechos humanos y la conservación del ambiente.
 
Cabe precisar que, el MINJUSDH ha constituido 4 Mesas Regionales en Madre de Dios, Ucayali, San Martín y Loreto. 

Sentenciados de Medio Libre realizan trabajo comunitario en plazas de Tacna

 Ochenta sentenciados a prestación de servicios comunitarios, que asisten al Establecimiento de Medio Libre de Tacna del INPE participaron de una campaña de limpieza realizando labores en 4 plazas ubicadas en el distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa de la ciudad.

 
Las zonas beneficiadas fueron las plazas Floresta Grande, Reservistas, 23 de junio y Héroes del Cenepa, hasta donde personal de Medio Libre Llegó para dirigir y supervisar las labores de limpieza.
  
Esta jornada fue articulada con la Municipalidad de Gregorio Albarracín Lanchipa.
 
Este tipo de actividades permiten fortalecer la articulación interinstitucional y conseguir más oportunidades para que los sentenciados con penas alternativas a prisión puedan ejecutar su sentencia en las unidades beneficiarias, logrando hacer más visible la ejecución de este tipo de penas y el involucramiento de diversas instituciones para tal fin.
standard_871832-whatsapp-image-2023-11-23-at-5-00-31-pm-1-1-300x169 Sentenciados de Medio Libre realizan trabajo comunitario en plazas de Tacna

standard_871832-whatsapp-image-2023-11-23-at-5-00-31-pm-3-300x169 Sentenciados de Medio Libre realizan trabajo comunitario en plazas de Tacna

Inauguran un bazar de Cárceles Productivas en Juanjuicillo

En presencia de autoridades y empresarios, el alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Juanjuicillo, Llony Amasifuen Paima, junto al director del penal de Juanjuí, Tomás Lara Quesada, inauguraron el primer bazar de Cárceles Productivas de productos elaborados por internos del recinto carcelario, con la finalidad de promover la reinserción de la población penal a través del trabajo.

El bazar se encuentra ubicado en el centro poblado de Juanjuicillo y fue cedido en calidad de uso al INPE por el municipio de la zona por una duración de seis (6) meses.

El centro de ventas ofrecerá artículos elaborados en el taller de confección textil como camisas, polos y batas, en el taller de cuero como carteras, monederos, billeteras y sandalias; así como trabajos en madera: mecedoras, sillas, mesas, camas, tallados y cajas chicas, y manualidades.

En la ceremonia, el director del recinto agradeció a las autoridades y manifestó que se viene creando condiciones que permitan a los internos realizar actividades productivas que faciliten su reinserción en el mercado laboral, y poder solventarse económicamente y a su familia.

Asimismo, se presentaron danzas típicas y música regional a cargo de la banda de la Institución Educativa “Héroes del Cenepa”.

En la actividad asistieron el subprefecto provincial Mariscal Cáceres, Juan Arévalo Torres; el subprefecto distrital Juanjuí, Harold del Águila Rojas; el director de la Institución Educativa “Héroes del Cenepa”, Ruber Pérez Saldaña; representantes de la Defensoría del Pueblo y de Reservistas del Ejército del Perú.

carceles-20productivas2-300x169 Inauguran un bazar de Cárceles Productivas en Juanjuicillo

carceles-20productivas-300x169 Inauguran un bazar de Cárceles Productivas en Juanjuicillo

INPE – Medio Libre Lambayeque firma acuerdos de alianza estratégica con Centro de Empleo del MTPE y Programa Pensión 65

FIRMA-20CONVENIO-300x169 INPE -  Medio Libre Lambayeque firma acuerdos de alianza estratégica con Centro de Empleo del MTPE y Programa Pensión 65



En el marco de la Resolución Presidencial del INPE N° 093-2023-INPE/P y la Resolución De Gerencia General N° 066-2023-INPE/GG, el Establecimiento de Medio Libre Lambayeque suscribió dos acuerdos de alianza estratégica con el Programa de Asistencia Solidaria Pensión 65 de la Unidad Territorial Lambayeque y el Centro de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominada “Intégrate a tu comunidad, nosotros te acompañamos”


Se trata de dos acuerdos de alianza estratégica que fueron suscritos con la finalidad de facilitar el acceso a programas de educación, capacitación laboral, servicios sociales y de salud; así como la implementación de bolsas de trabajo en beneficio de la población post penitenciaria.

El acuerdo fue suscrito por el Lic. Jhony Heredia Paiva, jefe de la Unidad Territorial del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, el director de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, Alberto Guzmán Enríquez y el jefe del Establecimiento del Medio Libre Lambayeque, Gregorio Yncio Plascencia, refrendado por la directora del Medio Libre, Rocío Valdez López y la sub directora del Medio Libre de la Oficina Regional Norte, Yuly Díaz Arrascue.

Los acuerdos de cooperación interinstitucional fueron gestionados gracias al personal profesional de asistencia post penitenciaria del Medio Libre Lambayeque.

Rocío Valdez, agradeció a ambas instituciones que se unen a la alianza estratégica para el apoyo a los liberados y sentenciados, lo cual contribuye con el proceso de resocialización, a través de la empleabilidad y el desarrollo del emprendimiento sostenible y la protección social a los adultos mayores de 65 años a más, que viven en vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria de s/ 250 soles, a los que reúnan los requisitos del programa; ello como prevención a la reincidencia y habitualidad delictiva.

Estuvieron presentes en la suscripción del convenio Herbert Peña Montoya, analista de asistencia post penitenciaria, Grace Bravo Quesquén, abogada de asistencia postpenitenciaria, Jésica Díaz Becerra, psicóloga de asistencia postpenitenciaria, Luz Mantilla Mendoza, trabajadora de asistencia postpenitenciaria

La alianza terapeutica

Become-a-Teacher-in-Australia-Step-17-1024x768 La alianza terapeutica

La alianza terapéutica es un concepto esencial en el campo de la psicoterapia. Se refiere a la relación única y especial que se establece entre el terapeuta y el paciente, caracterizada por habilidades como la empatía, la escucha activa y la creación de un ambiente seguro. Esta relación de colaboración mutua tiene un impacto directo en los resultados de la psicoterapia y es vista como un elemento crucial para la efectividad de muchas técnicas terapéuticas, especialmente en el enfoque cognitivo conductual.

Habilidades esenciales para una alianza terapéutica sólida

Para establecer una alianza terapéutica sólida, el psicólogo debe poseer ciertas habilidades. La empatía, la escucha activa y la capacidad de proporcionar un ambiente seguro son fundamentales. La empatía permite al terapeuta comprender y compartir los sentimientos del paciente, lo que ayuda a construir una relación de confianza. La escucha activa, por otro lado, implica prestar atención completa a lo que el paciente está diciendo y responder de manera adecuada, lo que puede ayudar a validar las experiencias del paciente y a hacerle sentir comprendido 1. Proporcionar un ambiente seguro es también crucial, ya que permite al paciente sentirse cómodo para compartir sus pensamientos y emociones más íntimas.

Enfoques de la alianza terapéutica

Existen varios enfoques en psicología que abordan el concepto de alianza terapéutica, incluyendo el enfoque psicoanalítico o psicodinámico, el enfoque sistémico, el enfoque constructivista y el enfoque cognitivo conductual. Este último se centra en los pensamientos, emociones y comportamientos del individuo, y utiliza estos insumos para crear un plan de intervención. En este enfoque, la colaboración entre el paciente y el terapeuta es esencial para identificar problemas centrales y posibles soluciones, lo que contribuye al fortalecimiento de la alianza terapéutica.

La importancia de la alianza terapéutica

La alianza terapéutica no es simplemente el resultado de una intervención particular, sino un proceso en desarrollo que puede tomar diferentes formas y puede ser establecido casi instantáneamente o nutrido durante un período de tiempo más largo. Esta alianza es fundamental en el proceso terapéutico porque determina el éxito de la relación terapéutica, la cual depende no solo del paciente, sino también de las habilidades que el psicólogo posea

Conclusion

En conclusión, la alianza terapéutica es un elemento crucial en la psicoterapia. Requiere de habilidades específicas por parte del terapeuta, como la empatía, la escucha activa y la capacidad de proporcionar un ambiente seguro. Además, es un proceso en desarrollo que puede influir directamente en el éxito o fracaso de la terapia. Por lo tanto, es esencial que los psicólogos clínicos cognitivo-conductuales desarrollen y perfeccionen estas habilidades para poder establecer una alianza terapéutica sólida y efectiva con sus pacientes.

  1. Rodríguez, M. L., & Salinas, J. L. (2011). Resolution Process of Therapeutic Alliance Ruptures: A Review of the Literature. Enseñanza e Investigación en Psicología. Recuperado de https://www.redalyc.org/pdf/292/29222521001.pdf
  2. Siegel, D. J. (2014). Tormenta cerebral: El poder y el propósito del cerebro adolescente. Recuperado de https://www.academia.edu/43516671/Tormenta_cerebral_El_poder_y_e_Daniel_J_Siegel
  3. Martín, G. (2018). Escucha activa y empática, Habilidades básicas para la escucha activa. Editorial Elearning. Recuperado de https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=Rm12DwAAQBAJ&oi=fnd&pg=PA5&dq=+escucha+activa+%2Bpsicolog%C3%ADa&ots=_bdd8uldE